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La sentencia del Tribunal Supremo acepta la modificación de la LOPD tras aceptar un recurso presentado por la Asociación Española de Economía Digital, contra varios artículos de la ley. En concreto, se acepta la modificación de la LOPD en uno de sus artículos, el 10.2.b) que establecía la obligatoriedad de contar con el consentimiento previo del usuario para poder emplear sus datos personales si son extraídos de fuentes públicas. Se acepta la modificación de la LOPD exigida tan solo en determinados casos definidos por la sentencia. Además, se acepta la modificación de la LOPD para cambiar el anterior artículo por la aplicación de la Directiva Europea de Protección de Datos.
Se acepta la modificación de la LOPD para permitir el uso de información de los usuarios sin consentimiento siempre que exista una finalidad legítima y que esos datos estén disponibles en fuentes accesibles al público. Antes de aceptar la modificación de la LOPD el Tribunal Supremo remitió un comunicado al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para recibir asesoramiento.
Ahora que se acepta la modificación de la LOPD, es importante estar al día de la ley para evitar algún incumplimiento de la LOPD y la sanción correspondiente. Por tanto, ahora que se acepta la modificación de la LOPD recordamos la importancia de formarse con algún curso de auditoría de la LOPD para aprender lo necesario sobre la implantación de la LOPD en la empresa.
Jose Sanjuán Iglesias
Diplomado en Ciencias Empresariales
Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado
Área de Investigación y Comercio Exterior Euroinnova
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Se Acepta La Modificación De La LOPD
Se acepta la modifición de la LOPD, por lo que hay que saber cuales son los nuevos términos para no incumplirla
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